lunes, 23 de junio de 2014

NEGOCIACIÓN MODIFICACIÓN DE LA LOPJ.

El día 10 de junio finalizaron las reuniones del grupo de trabajo para la reforma de la LOPJ que se creó por la Mesa Sectorial. Durante la próxima semana el Ministerio dará traslado a las organizaciones sindicales más representativas, entre ellas el STAJ, de un nuevo texto para su negociación el día 23 de junio en Mesa sectorial de Justicia.

STAJ ha fundamentado la negociación en torno de tres puntos fundamentales:

- El mantenimiento de las condiciones laborales y derechos cercenados con el anteproyecto de LOPJ presentado por la Admón.; a modo de ejemplo la Admón. quiere imponer el carácter provincial de los centros de destino, lo que implicaría un mayor riesgo de movilidad geográfica por toda la provincia.

- La recuperación de las condiciones laborales y los derechos perdidos con las modificaciones legislativas de los últimos años, fundamentalmente, pero no exclusivamente, el RD 20/2012

- La mejora de condiciones laborales y salariales existentes, como puede ser la mejora de la promoción profesional, a través de la promoción interna, o el cobro de la productividad que también cobran otros colectivos.

Base de todo ello es el mantenimiento del carácter nacional de los Cuerpos al servicio de la Admón. de Justicia, cada vez más amenazado por las diferentes regulaciones e interpretaciones que hacen las distintas Administraciones con la competencia de Justicia asumida.

 STAJ ha insistido en que el Ministerio de Justicia tiene que velar por una cierta homogeneización de las distintas regulaciones del personal transferido y del dependiente del Ministerio de Justicia. 


Pretendemos que el Ministerio de Justicia tenga una labor de vigilancia sobre las CCAA para evitar que decisiones exclusivamente políticas cercenen la igualdad que debe existir para el mantenimiento efectivo del carácter nacional de los Cuerpos.

Reiteramos nuestra oposición a la creación de los Tribunales de Instancia, estimamos que deben mantenerse las oficinas judiciales existentes en los actuales Partidos Judiciales, en el peor de los casos los actuales Partidos Judiciales se debieran convertir en Secciones de esos Tribunales de Instancia.

Defendemos el mantenimiento de los Juzgados de Paz; su labor es insustituible y por eso nos oponemos a su desaparición. Nunca debe desaparecer la oficina judicial de estos Juzgados ni la función que desarrollan. 

En cuanto a las funciones de los Cuerpos, se ha solicitado que se suprima el apartado por el que se nos encomienda la realización de cualesquiera otras funciones de “naturaleza análoga” inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, por considerar que es un “cajón de sastre” que genera incertidumbre e inseguridad jurídica respecto de las funciones del Cuerpo y sirve de excusa para encomendarnos funciones que en realidad no nos corresponden. 

Respecto del régimen de vacaciones, permisos y licencias, STAJ reitera la petición de volver a la situación previa a las modificaciones legislativas que supusieron la pérdida de los días de asuntos propios, así como de los días de vacaciones y asuntos propios por antigüedad. Solicitamos que en la nueva redacción de la LOPJ se recupere la anterior redacción en la que sí se reconocían esos derechos.

Se ha solicitado, que desaparezca la referencia a los descuentos por incapacidad temporal (baja médica). 
En relación al régimen retributivo, se ha solicitado que los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio perciban el complemento de productividad cuando también lo perciban los Jueces, Fiscales, Médicos forenses o Secretarios Judiciales,

Respecto de la provisión de puestos de trabajo y movilidad, STAJ ha propuesto que se potencien aún más las sustituciones al Cuerpo superior, lo que favorece la promoción interna, así como las comisiones de servicio para cubrir tanto las vacantes, como aquellos puestos en los que su titular se encuentre ausente, por ejemplo por licencia, excedencia o liberación sindical; deben ser cubiertas por sustitución o comisión de servicios.
De igual manera, la voluntariedad debe ser prioritaria en la redistribución y reorganización de efectivos, solicitando que en la redacción del art. 629 de la nueva LOPJ se recoja expresamente que la redistribución no puede suponer en ningún caso cambio de municipio para el funcionario afectado. Se atenderá prioritariamente a la voluntariedad de las adscripciones.

En relación a la nueva oficina judicial, desde STAJ solicitamos una organización diferente de la recogida en el Anteproyecto de la LOPJ. En el caso de la creación de los Tribunales de Instancia (aunque no estemos de acuerdo con ellos), consideramos que la NOJ puede estructurarse de modo diferente a como establece el Anteproyecto. Debería quedar recogida en la Ley la obligatoriedad de establecimiento de unidades de la oficina judicial en, al menos, las actuales cabezas de partido judicial y Juzgados de Paz y Agrupaciones, además de en las capitales de provincia, obviamente, extendiendo sus competencias territoriales, por regla general, a la demarcación de los actuales partidos, municipios o provincias, según se trate.
Se solicita, igualmente, que los centros de destino, tanto servicios comunes, como el conjunto de las UPAD´s, tengan un ámbito municipal, y no provincial, como pretende la Administración. Este ámbito provincial puede suponer una movilidad geográfica del funcionario por toda la provincia en caso de reorganización o redistribución de efectivos. Con la petición realizada por STAJ de un ámbito municipal se pretende acotar esa movilidad al municipio, algo mucho menos gravoso para el funcionario.

En materia de actos de comunicación y de ejecución,  STAJ muestra un absoluto rechazo y hemos propuesto al Ministerio que retire la atribución de funciones a los Procuradores, que ahora corresponden a los Cuerpos al servicio de la Admón. de Justicia, instando al Ministerio a que defienda la reserva de funciones a favor de los funcionarios.