El reconocimiento de trienios a los Secretarios sustitutos no profesionales (interinos) se realizará, en todo caso, previa solicitud del interesado en la que se relacionarán los servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas. Si no provienen de otro Cuerpo de la Administración , podrán presentar la solicitud a partir de la fecha de su nombramiento, siempre que hayan prestado servicios durante al menos 3 años.
En el caso de tener trienios perfeccionados en otros Cuerpos habrán de acreditarlos debidamente ante la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia correspondiente, a fin de que les sean acreditados en nómina.
Deberán acompañar junto a la solicitud, original o fotocopia compulsada acreditativa de los servicios prestados, mediante alguno de los siguientes documentos:
Tomas de posesión y cese del tiempo de los servicios prestados.
Certificación expedida por el Secretario de Gobierno.
Certificación expedida por cada Gerencia Territorial.