miércoles, 15 de junio de 2011

El Tribunal Constitucional avala el recorte salarial a los empleados públicos

El Tribunal Constitucional considera que el recorte salarial decretado en mayo de 2010 por el Gobierno para los empleados públicos no vulneró derechos fundamentales como el de la negociación colectiva rechazando admitir a trámite la primera cuestión de inconstitucionalidad que planteó la Audiencia Nacional, por considerar éste derecho no impide  que un convenio sea modificado por una Ley, aunque de la lectura del tenor literal de los artículos 86.1 y 37.1 de la Constitución Española parezca deducirse lo contrario.

Al mismo tiempo deja sin sentido los miles de recursos presentados por empleados públicos de todo el Estado. Además, la resolución obligará a la Audiencia Nacional a resolver el recurso interpuesto con la interpretación dada por el TC, y prácticamente no le da otra salida que la desestimación del mismo.


El Tribunal Constitucional argumenta que “es el convenio colectivo el que debe respetar y someterse no solo a la ley formal, sino, más genéricamente, a las normas de mayor rango jerárquico y no al contrario", y que la intangibilidad o inalterabilidad del convenio colectivo no es uno de sus "elementos esenciales".


Quizás lo más sorprendente es la utilización de la via de no admisión a trámite para fijar los límites del ejercicio del derecho fundamental a la libertad sindical, cambiando con ello el sentido de la jurisprudencia del propio Tribunal respecto del derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva; parece que tenían prisa.

Aunque la resolución se dicta en el ámbito del personal laboral, es casi seguro que respecto del resto de cuestiones de inconstitucionalidad interpuestas respecto del recorte salarial de los  funcionarios resolverá en el mismo sentido.


Desde un punto de vista crítico, me da por pensar que una buena manera de contener el gasto público sería eliminar algunos órganos constitucionales o institucionales como éste, o el Tribunal de Defensa de la competencia, porque para lo que sirven….