Me escribe una compañera de una fiscalía de Alicante
preguntándome si le corresponde cobrar el cuarto punto. Pues sí, todas las
Fiscalías de la Comunidad Valenciana ,
excepto las ubicadas en Valencia capital, tienen derecho a la percepción.
Concretamente les corresponde al personal destinado en los órganos que se
describen en el art. 8.1.d) y e) del RD 1909/2000, que en la Comunidad Valenciana
son todos los de la Comunidad Valenciana
excepto de Valencia capital, de Juzgados de Instrucción, Primera Instancia o de
Primera Instancia e Instrucción, o Decanatos cuyo titular esté liberado de funciones jurisdiccionales
Este RD, ya derogado acercó las retribuciones
complementarias que se percibían en todos los destinos distintos de capital a
los de éstas, eliminando los tres grupos retributivos más bajos, y supuso un incremento retributivo para todos
los Oficiales, Auxiliares y Agentes.
La génesis del mismo tuvo lugar en una reunión del que
suscribe y dos compañeros más del sindicato con el Ministro de Justicia de
turno , en la que nos avanzó su intención de llevar a cabo la reforma de la Justicia , y como prueba
nos adelantó que disponía de 3.000 millones de las antiguas pesetas presupuestadas
para incrementar retribuciones a un colectivo concreto de esta Administración.
Los allí presentes le convencimos para que los repartiera
en la forma descrita. Luego se escenificó en una mesa donde todos los
sindicatos estuvieron conformes y se dictó el R.D. Pero hubo como casi siempre
un problema: el dinero no llegaba. Unilateralmente Hacienda restó un punto de
incremento a todos los funcionarios de los destinos antes especificados.
En esa reunión y otras dos posteriores se pusieron las
bases para el cambio de nuestro Estatuto Jurídico, que con el tiempo llevó a la
firma de los acuerdos de noviembre de 2002 ya con todos los sindicatos en la
mesa, que significó la promoción de todos los funcionarios a Cuerpos o Escalas
de superior categoría, y posibilitó el incremento de las retribuciones básicas
y complementarias, tanto estatales como Autonómicas, y las pensiones.
Ninguno de los presentes en esas reuniones con el Ministro
de Justicia seguimos hoy en el sindicato. Los incrementos retributivos que
supusieron fueron sustanciales hay que acudir a las nóminas extraordinarias de
octubre de 2004, donde todos obtuvimos atrasos de diez meses que rondaban los
1.000 euros según Cuerpo, consolidando la parte correspondiente en nómina, a lo
que hay que añadir los posteriores complementos autonómicos transitorios y
productividad. Quedando consolidadas las mejores retribuciones básicas del
Estado tanto en sueldo como en trienios.
El R.D. de puestos tipo de 2007, que establecía el
complemento general del puesto en aplicación de los acuerdos terminaba con la
discriminación del personal que percibía un punto menos, condicionado a que se
aplicaran las rpt,s, en contra de lo previsto en la LPGE del Estado para 2007,
nos llevó al recurso ante el T.S. que resolvió dándonos la razón en 2009.
Quedan pues dos años para poder reclamar.