jueves, 30 de agosto de 2012

Ya nos han "tocado" el sueldo.

Hoy se ha cobrado la nómina del mes de agosto. Como estoy de vacaciones, no he podido acceder a la mía todavía. No obstante, después de hablar con algún compañero, las cuantías están entre los 100 y los 150 euros netos  mensuales de descuento, por lo que hay que entender a falta de comprobaciones individuales, que las retenciones por IRPF, y las de Derechos Pasivos y Mugeju, que son un porcentaje del sueldo también han disminuido algo.

De todas formas insisto, hay que comprobar individualmente la nómina y compararla con la del mes de Julio, para hacerse cuenta de si el descuento va a quedar ahí o no, y si está bien hecho o no. Hay que tener en cuenta que en principio el descuento debería aplicarse sobre seis pagas (agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, además de la extra), y suponemos porque ahora mismo no podemos hacer otra cosa, que en diciembre no nos abonarán la paga adicional, ni seguramente el complemento de destino paga extra.

El descuento tiene que cumplir  con el Artículo 519  de la LOPJ que todavía no ha sido modificada y dice entre otras cosas que " Los funcionarios tendrán derecho a percibir dos pagas extraordinarias al año por importe, cada una de ellas, de una mensualidad de sueldo y antigüedad y, en su caso, una cantidad proporcional del complemento general del puesto en los términos que se fijen por ley para la Administración de Justicia, que se harán efectivas en los meses de junio y diciembre, siempre que los perceptores estuvieran en servicio activo o con derecho a devengo del sueldo el día primero de los meses indicados."

En fin trataremos de pasar, con subida de IVA incluida, aunque no ganemos 5.100 euros mensuales.