El DOCV publica el Acuerdo de los liberados "exentos-" concedidos por la Administración exclusivamente a los sindicatos de la Mesa General. En total son 55, aunque Intersindical dice no haber suscrito el acuerdo y por lo tanto haber renunciado a los 9 que le tocarían.
Existen liberados en Justicia que salen de ese acuerdo. Son liberados por acuerdo, es decir, que lo están porque lo consiente la Administración.
Lo que no aclara Intersindical es si ha suscrito el acuerdo de 27 de septiembre, por el que se creaba una bolsa de horas autonómicas y se excedía también la posibilidad de acumulación prevista en el EBEP, consintiendo que los Delegados Sindicales (elegidos por y entre los afiliados de cada sindicato) pudieran acumular horas con los miembros de la Junta de Personal (elegidos por todos los funcionarios en elecciones sindicales), y además a nivel interprovincial.
Además fuera de acuerdo los liberados que tenían que volver a sus puestos en 1 de octubre ya no lo hicieron hasta 1 de enero, mientras se gestaba el otro acuerdo. Durante todo ese tiempo los funcionarios sólo tuvimos recortes.
El Ebep prevé la acumulación de horas de los miembros de la misma Junta de Personal -provincial en nuestro caso- y de la misma candidatura, pero no con los de otras Juntas de Personal, ni con delegados sindicales, es pues otra concesión de la Administración, que se obtiene mediante acuerdo.
En este caso Intersindical manifestó que consultaría con las bases y no ha dicho nada más, pero sin embargo, al parecer si disfruta de las acumulaciones horarias basadas en este último acuerdo. Además es necesario recordar que en una Mesa Sectorial de Justicia por delegación de la Mesa General la Administración fijó en 130 horas mensuales, el crédito necesario para estar dispensado de acudir al puesto de trabajo, cuando a los funcionarios se les exigen jornadas laborales mensuales que están entre 135 y 165 horas aproximadamente.