Una
Sentencia del 30 de septiembre de 2010 del
Tribunal de Justicia de la UE fija que “la titularidad del permiso de lactancia
corresponde tanto a la mujer como al padre trabajador”, de modo que “si el
cónyuge no trabaja, el marido tendrá permiso de lactancia”. El texto relata que
si no fuera así, “estaríamos perpetuando una primacía de la mujer en el reparto
de deberes familiares, profundizando en el reparto sexista de papeles”. Además,
diversas sentencias avalan la titularidad mixta del permiso de lactancia.
En
resumen, los funcionarios de Justicia podrán disfrutar a partir de ahora del
permiso de lactancia independientemente de que la madre del bebé trabaje o no
fuera de casa, según la sentencia conseguida por STAJ.