miércoles, 29 de mayo de 2013

La Instrucción sobre comisiones de servicio no es la adecuada

Por fin, la Dirección General de Justicia, ha hecho publica la Instrucción sobre comisiones de servicio, que según quienes la negociaron viene a solucionar la falta de regulación de la cuestión.

Sigo en desacuerdo con ese punto de vista, en primer lugar porque discrimina a cualquier funcionario con destino a menos de 50 Km del destino actual, aunque pretenda solicitarlo en el correspondiente concurso de traslados. Es del todo incomprensible cuando la propia instrucción obliga a participar en los concursos de traslados que se anuncien so pena de perder la comisión.

Como he señalado en anteriores ocasiones me parece bien el criterio de la distancia como mérito pero nunca como requisito, porque hay otros mucho más importantes. Para salvar esta cuestión la Dirección General se reserva hasta un 20% de las vacantes para quién justifique una necesidad, de apreciación totalmente aleatoria por parte de esta y sin ningún control, para no respetar el requisito. Es decir como antes.

Más claro, se reservan hasta un 25% de vacantes para no ofrecerlas, y del resto se reservan hasta un 20% para ofrecerlas de modo totalmente discriminado (por circunstancias personales debidamente acreditadas o necesidades del servicio), en total casi la mitad de las vacantes a las en el peor de los casos no podrá acceder ningún funcionario, salvo circunstancias excepcionales no establecidas en ningún lugar (excepto violencia de género y salud laboral), y si control.

Por lo demás, la plaza ha de ser vacante (o desierta), el plazo máximo de la comisión es de un año prorrogable por otro, y se está obligado a concursar so pena de perder la comisión. Por supuesto también se pierde cuando la plaza se cubre por un titular durante un concurso, o se le otorga otro destino a quién la disfrute.

La convocatoria se hará en la intranet de Justicia y en la Página Web de la Direccion General, y según fuentes de ésta a partir del 31 de mayo, aunque creo que no va a ser así, si se atiende a que hay un concurso en marcha y además atendiendo al texto de la propia resolución en su artículo 4 que se refiere a la convocatoria.

Ver Instrucción