El pasado día 26 de diciembre, sin rubor, el sindicato más votado en este sector y Comunidad hasta el día de la fecha, daba por cierto y seguro que el nuevo día de permiso devuelto por el Ministro de Hacienda de "motu propio" y nada más, se podría disfrutar hasta el 15 de febrero próximo, y como prueba de ello ponía un enlace al boe donde se concedía dicha posiblidad a los funcionarios de la AGE.
Sin duda, confundiendo churras con merinas, se remiten a una resolución que no afecta a los funcionarios de Justicia destinados en esta Comunidad, pues el art. 503 de la LOPJ tiene la misma redacción que antes de la reforma que entro en vigor el 29 de diciembre de 2012, con la única excepción de la exclusión de los 9 días de asuntos particulares, y sin embargo, existe una regulación de permisos, vacaciones y licencias de 2007, sencillamente porque la legislación AGE sólo nos es de aplicación como supletoria, y la LOPJ remite al EBEP luego no hay nada que suplir.
Ya advertimos en este foro, el día siguiente a su publicación, de lo erróneo de dar por hecha una cuestión que no estaba nada clara. De hecho la propia resolución para funcionarios de la Administración General del Estado habla del límite en el disfrute de los días de asuntos particulares hasta el 15 de enero del año siguiente, cuando es sabido que en Justicia se pueden disfrutar hasta 31 de enero.
La solución lógicamente pasaría porque la Dirección General de Justicia en esta Comunidad asumiera sus funciones de una vez y dictará la correspondiente resolución o instrucción, pero no, ha sido la Dirección General de Recursos Humanos de la Consellería de Hacienda y Administraciones Públicas, en resolución que parece va dirigida al personal que presta servicios en la Comunidad Valenciana. ¿pero tiene competencias sobre los funcionarios de Justicia?.
Lo curioso además es que esa resolución es de fecha 26 de diciembre de 2013, el mismo día que metieron la pata con una resolución que nada tenía que ver con nosotros, y quizá en base a ello podamos entender que podemos disfrutar de dicho día hasta el 15 de febrero. Pero lo cierto es que hasta nuestra Dirección General, y digo nuestra, la de Justicia no dicte la resolución correspondiente no podremos decir definitivamente que el asunto esté claro.
Aunque al final la Dirección General hará lo que quiera, a no ser que dicte resolución al respecto, habrá que recordarles lo que ellos mismos decían, la legislación hay que dominarla más o menos, pero dominarla, no liar al personal, ni buscar denunciantes y esas cosas feas a las que tan acostumbrados nos tienen, porque aquí al final todo se sabe. ¡Ay si pusieran el mismo interés en defender a los compañeros, que en dedicarse al compadreo.!
