viernes, 11 de julio de 2014

La nueva Ley Orgánica del Poder Judicial no suprimirá los partidos Judiciales ni las oficinas de los Juzgados de Paz

Alcanzado principio de acuerdo entre el Ministerio de Justicia y CSIF, STAJ y UGT, pendiente de su ratificación o no, a la vista de la redacción final.

1. No se suprimen los partidos judiciales. Los Tribunales de Instancia pierden, pues, su condición de provinciales. Lo único que será provincial será el reparto de asuntos con arreglo a criterios de reparto equitativo de trabajo entre las diferentes unidades, sin perjuicio de las especializaciones por materias y/o jurisdicciones que pudieran establecerse.

2. Se mantienen todos los Juzgados y Agrupaciones de Paz. Se crearán “Oficinas judiciales de Paz” allí donde actualmente hay Juzgado de Paz y Agrupaciones de Juzgados de Paz con funcionarios de Justicia y se les dará más funciones. Actos de comunicación y ejecución, recepción de escritos, información general y particular al ciudadano, mediación, registro civil,

3. Se mantienen los centros de destino previstos en la LOPJ vigente, de forma que los centros de destino no se referirán a la provincia, sino al municipio.


4. Se garantiza la promoción interna: de gestor a Letrado (Secretarios) habrá oferta anual de promoción interna haya OPE a Secretarios o no la haya. La antigüedad requerida continuará siendo de dos años y no de tres como venía en el anteproyecto. Para el resto de cuerpos la promoción está garantizada ya que se podrá convocar promoción independiente cuando se estime necesario (cuando no haya OPE).