A partir de ahora la desestimación de cualquier recurso contencioso administrativo o incidente del mismo, en primera o única instancia, llevará aparejada la imposición de costas, salvo casos excepcionales. En caso de estimación o desestimación parcial cada parte se pagará sus costas y las comunes por mitad. Es lo que establece la Ley de medidas de agilización procesal, publicada el pasado 11 de octubre y que entra en vigor estos días.
Es un nuevo golpe para quién pretenda defender sus derechos ante la Administración , porque ya sabe a que se arriesga pues los honorarios de los Abogados del Estado y Comunidades Autónomas no son ninguna tontería. Además es un hachazo en la cresta de todos los sindicatos, que han de mirar con muchísimo cuidado lo que hacen para no cargar con las costas a sus afiliados o simpatizantes.
Es evidente que con esta leonina medida, favorecedora de los intereses del empleador frente a sus trabajadores, y del administrador sobre los administrados, el trabajo en los Juzgados y Secciones de lo Contencioso disminuirá de forma notable. Con pocas medidas como ésta, sobraba el 80% de la Administración de Justicia en cuatro días.
Si añadimos las medidas anunciadas por el Sr. Conseller recientemente, siempre que “Cicerone” nos permita imprimir a dos caras, hagamos uso de nuestra imaginación para que el papel parezca de oficio aunque no lo sea, y para pasar con tres euros al mes en gastos de material (lapiceros, gomas y bolígrafos), el problema de la justicia del Siglo XXI, resuelto.
Ahora bien, un rápido repaso sobre la referida legislación arroja más de una duda, como por ejemplo, en materia de desahucio por falta de pago por un parte parece que pretenda acortar al máximo los plazos, pero no cuenta con dos importantes factores: el primero la falta de tiempo material para ejecutar los desahucios con Servicios desbordados, y el segundo para quién pueda permitírselo, se le pone más fácil alargar la situación con la simple oposición.