Las dudas sobre la constitucionalidad de la medida se basan en la doctrina del Tribunal Supremo que reiteradamente ha asegurado que las pagas extraordinarias, entre ellas la de Navidad, forman parte del salario del trabajador. La única diferencia respecto al resto de pagas es que se devenga a lo largo de todo el año. El tribunal considera que la medida podría atentar contra el derecho a la irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales, ya que fue adoptada el 13 de julio, por lo que estos trabajadores, ese día, tendrían derecho ya a, al menos, 14 días de esa paga extra.