La regulación sobre que bajas por enfermedad no serán causa de descuento es competencia del Ministerio de Justicia, según sus propias manifestaciones en la mesa del día de ayer. Estoy de acuerdo en que no proceden descuentos a nadie incluido el personal interino porque sus derechos y deberes se encuentran recogidos en la LOPJ y menos todavía a los titulares ingresados desde 1 de enero de 2011, porque a efectos de prestaciones médicas o farmacéuticas están acogidos al régimen de Mutualismo Administrativo.
En cuanto a la posibilidad de recuperación de días de permiso, dudo mucho que se vaya a modificar la LOPJ para poner más días, aunque se trate de disfrazar mediante porcentajes, lo cierto es que nos han quitado seis, el doble que al resto de funcionarios y los mismos que a los Jueces que sin embargo podrán disfrutar de doce.
Vender como se ha hecho aquí, que se tratará que se concedan dos días adicionales de permiso cuando el 24 y el 31 de diciembre caigan en sábado o domingo, es un canto al sol, porque eso ya lo recoge nuestra normativa que sólo ha sido derogada, de momento, en lo que se oponga a la Ley.
Vender como se ha hecho aquí, que se tratará que se concedan dos días adicionales de permiso cuando el 24 y el 31 de diciembre caigan en sábado o domingo, es un canto al sol, porque eso ya lo recoge nuestra normativa que sólo ha sido derogada, de momento, en lo que se oponga a la Ley.
Cuestión no muy distinta es la del calendario laboral para 2013, hasta ahora únicamente tenemos aprobadas las normas del de 2006, con su modificación posterior para acomodar el horario flexible dentro del horario de verano, pero esa norma no ha perdido su vigor, y comparativamente es más que buena, porque es que la regula nuestro horario, en la que fui uno de los principales actores, cuando menos la mareemos mejor. Es decir, fuera de establecer que días se trabaja y cuáles no, lo demás mejor no tocarlo.
Es esta norma la única que es de nivel autonómico, y en la que se puede maniobrar para conseguir mínimo que todas las fiestas nacionales, autonómicas o locales que caigan en sábado puedan convertirse en permisos, visto el trata discriminatorio del que hemos sido objeto respecto del resto de funcionarios.
Por lo tanto la norma de la AGE respecto de las cuestiones anteriores de momento no es de aplicación, porque lo prohíbe la Ley hasta que se dicte una en nuestro ámbito, caso de los descuentos por IT, o porque tenemos una específica para cada caso que no va contra Ley con excepciones, como el asunto de días de permisos por asuntos particulares y vacaciones. La Ley sólo ha variado en la cuantía de estos.
En cuanto a los Registros civiles el Ministerio dice que negociará porque ahora sólo hay un borrador que no llega a anteproyecto, lo que interpreto en el sentido de que empiezan a darse cuenta del lío en que se han metido. Aquí tienen personal formado, no es todo cuestión de un programa informático que además puede fallar y de momento no es compatible con el que les han puesto a los Registradores. Es más si la norma que intentan sacar adelante fuera más allá del simple afán recaudatorio y de peloteo o interés, carecería de sentido, aunque vista la Ley de tasas, no hacía falta tan siquiera cambiar de Encargado del Registro Civil.