viernes, 20 de mayo de 2011

Por enfermedad o fallecimiento


Permiso por fallecimiento

Del cónyuge o pareja o dentro del primer grado de afinidad o consaguinidad: cuatro días naturales  ó seis si resides a más de 60 km., de la localidad del finado.

Dentro del segundo grado de afinidad o consaguinidad: tres días naturales, o cinco si es a más de 60 km., de la localidad de residencia.
Por enfermedad grave

De cónyuge o pareja o dentro del primer grado de afinidad o consaguinidad: cuatro días o seis si resides a más de 60 km. 

Dentro del segundo grado de afinidad o consaguinidad: cuatro días o cinco, si es a más de 60 km., de la localidad de Residencia.

Estos días puedes utilizarlos de forma seguida o alterna.

Por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave

Reducción de la jornada de trabajo de al menos la mitad de la duración de aquélla, percibiendo las retribuciones íntegras, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado del hijo menor de edad y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años.

Permiso médico y asistencial

Tienes derecho al tiempo indispensable por necesidades propias o de menores, ancianos o discapacitados a tu cargo, para:

-Consultas médicas durante el tiempo indispensable.

-Reuniones de educación especial.

-Consultas de apoyo adicional en el ámbito socio-sanitario.


Tienes derecho a ausentarse del trabajo durante un máximo de dos horas diarias, percibiendo las retribuciones íntegras durante el plazo máximo de dos meses.


Licencia por enfermedad.

Tienes derecho a 12 meses prorrogables por otros seis, transcurridos dichos plazos, se prorrogarán las licencias, sin que puedan exceder de 30 meses.

En este caso desde los recortes hay descuentos del 50% de las retribuciones los tres primeros días de licencia,- incapacidad temporal dice la legislación-, y el 25% entre el 4º y el 20º .

En la Comunidad Valenciana al parecer hasta que Hacienda no dicte resolución la situación sigue siendo la anterior 4 días de incapacidad sin descuento y después licencia por enfermedad.  


Reducción de jornada por recuperación de enfermedad

Hasta un 50% de la jornada con reducción de haberes.
Reducción de Jornada por enfermedad muy grave de un familiar

Si el familiar lo es en primer grado, tienes derecho a reducir tu jornada hasta un 50%, sin reducción de retribuciones y por plazo de un mes.
Reducción de Jornada por larga o crónica Enfermedad

Tienes derecho hasta media jornada con reducción de retribuciones, solo si supera una hora diaria.