viernes, 20 de mayo de 2011

Por maternidad y paternidad

Permiso por Técnicas Prenatales.
Tienes derecho al tiempo indispensable para su práctica pero has de justificar la necesidad de su práctica
dentro de la jornada de trabajo.
Incluye los cursos de técnicas de preparación al parto, y los tratamientos de reproducción asistida.
Permiso por parto
Tienes derecho a 16 semanas ininterrumpidas, y en caso de pato múltiple 2 semanas adicionales por cada hijo a partir del segundo.
Además si el recién nacido sufre discapacidad, tienes derecho a otras dos semanas.
Excepto las primeras seis semanas pueden disfrutarse por ambos progenitores de forma simultánea o sucesiva.
Puede iniciarse dentro de las diez semanas anteriores al parto.
Puede ampliarse el permiso hasta un máximo de trece semanas adicionales cuando el nacido deba permanecer hospitalizado.
Permiso médico y asistencial
Por Nacimiento de Hijos Prematuros o que estén hospitalizados a continuación del parto, tienes derecho a ausentarse del trabajo durante un máximo de dos horas diarias, percibiendo las retribuciones íntegras durante el plazo máximo de dos meses.
Permiso por Interrupción del embarazo
Tienes derecho a 6 días naturales y consecutivos, salvo que te encuentres de baja.
Permiso por paternidad
Tienes derecho a 15 días naturales a partir de la fecha de nacimiento o adopción.
Permiso por adopción o acogimiento
Tienes derecho a 16 semanas interrumpidas.
Puedes disfrutar dos semanas más en los siguientes casos:
-Cuando el adoptado sea mayor de 6 años.
-Cuando sufra alguna discapacidad.
-Cuando sea de origen extranjero
-Cuando tenga dificultades de inserción social y familiar.
Permiso por adopción internacional
Además de lo regulado en el permiso anterior, tienes derecho a disfrutar de hasta dos meses para el caso de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen.
En este caso únicamente se perciben las retribuciones básicas, es decir el sueldo y los trienios.
Permiso por lactantes
Tienes derecho a 1 hora diaria pudiéndose dividir en dos fracciones de media hora a la entrada y la salida al trabajo.
También puedes sustituir el tiempo de lactancia por permiso un retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente.
Licencia por riesgo durante  el embarazo o lactancia

Conservas tus derechos cuando las condiciones del puesto de trabajo pudieran influir negativamente en tú estado.
Reducción de Jornada por guarda legal y cuidado Familiar.
Tienes derecho hasta media jornada con reducción proporcional de retribuciones, para cuidar de menores de 12 años, personas discapacitadas o familiares directos.